Continuando con la temática del Sistema de justicia penal actual en México, se tratará ahora lo referente a la Teoría del Caso, el cual es un tema muy importante dentro este nuevo sistema de justicia, ya que es una pieza fundamental para la fiscalía y para la defensa pues sin una teoría del caso carecería de debate la audiencia de juicio oral.
- Teoría fáctica: se refiere a la teoría de los sucesos o hechos, es decir, es la historia de cómo sucedieron los hechos;
- Teoría jurídica: se refiere a la teoría de la clasificación jurídica penal (el encuadre jurídico).
- Teoría probatoria: se refiere a las pruebas que unen los hechos (teoría fáctica) con el delito (teoría jurídica).
- No lo hizo (se utiliza cuando es inocente el imputado);
- Lo hizo, pero (se utiliza cuando hay una causa de defensa legal);
- Duda razonable (es la más débil de las teorías ya que depende de la contraparte y sus pruebas).
La teoría del caso se conforma por distintas partes fundamentales, las
cuales son:
Estos elementos se relacionan entre sí, de tal manera que, sin una teoría probatoria, no sería posible una relación (nexo causal) entre la teoría fáctica y la teoría jurídica.
Dentro de las partes del nuevo sistema, cada una de ellas tiene su propia teoría del caso. La fiscalía no tiene muchas opciones de teoría del caso, y al exponerla, esta debe ser muy precisa a diferencia de la defensa, que tiene por principio de contradicción una serie de posibilidades dentro del proceso, aquí existen tres posibilidades:
La teoría del caso es muy importante en estos supuestos, ya que en aquellos casos en que la teoría probatoria resulta ser indirecta o insuficiente, con una teoría del caso puede fortalecerse la postura.
Estos elementos se relacionan entre sí, de tal manera que, sin una teoría probatoria, no sería posible una relación (nexo causal) entre la teoría fáctica y la teoría jurídica.
Dentro de las partes del nuevo sistema, cada una de ellas tiene su propia teoría del caso. La fiscalía no tiene muchas opciones de teoría del caso, y al exponerla, esta debe ser muy precisa a diferencia de la defensa, que tiene por principio de contradicción una serie de posibilidades dentro del proceso, aquí existen tres posibilidades:
La teoría del caso es muy importante en estos supuestos, ya que en aquellos casos en que la teoría probatoria resulta ser indirecta o insuficiente, con una teoría del caso puede fortalecerse la postura.
La Importancia de la oralidad en los juicios.
La
esencia en la oralidad en el juicio oral es el discurso argumentativo jurídico
que integra un discurso ontológico que nos permite cuestionarnos "qué es
eso", el parte epistemológico del "qué sabemos de eso" y el
parte metodológico del "cómo decir mejor eso”, que en conjunto se manejan para
lograr la aceptación de la pretensión.
La oralidad constituye el
más importante de los principios que informan el proceso penal. A través de
ella se ponen en práctica los demás principios que orientan el proceso en todas
sus etapas, entre ellos se encuentran el de contradicción, igualdad,
inmediación, entre otros. En la actualidad es un principio prevaleciente en la
mayoría de los ordenamientos procesales modernos. A pesar de que es
esencialmente técnico, es necesario tener en cuenta su incidencia en el cumplimiento
de las garantías y derechos de los acusados. Su exigencia está recogida en los
principales instrumentos internacionales que protegen los derechos humanos,
como medio de garantía de estos. El proceso penal mexicano está marcado por la
oralidad, la cual se logra mediante la práctica de las pruebas en el juicio
oral ante los ojos del juzgador.
De acuerdo con la
reforma constitucional, el sistema penal acusatorio se rige por los principios
de oralidad y contradicción, dándoles a las partes la oportunidad para
contradecir oralmente los hechos, las pruebas, los alegatos y el derecho
expresado
por la contraparte, por lo tanto, es indispensable una adecuada y eficaz
argumentación.
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