Ir al contenido principal

Deliberación y determinación del fallo judicial

Male judge working at the court Premium Vector



¿Qué es?

Se define deliberación como la consideración o reflexión que se da sobre un asunto antes de tomar una decisión sobre él. El concepto deliberación debe verse en el contexto del derecho a la presunción de inocencia garantizado en el Art. 20 inciso B Fracciones I y VIII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, pues ese es el estado de derecho del acusado y solo se condenará cuando exista convicción de la culpabilidad del imputado.
Cuando se da por terminado el debate el Tribunal de enjuiciamiento deberá ordenar un receso para deliberar de manera privada para que de esta manera puedan emitir el fallo correspondiente. Esta deliberación no podrá exceder de veinticuatro horas y tampoco puede suspenderse a menos que alguno de los miembros del Tribunal de enjuiciamiento padezca de alguna enfermedad grave. Si se llega a dar el caso de suspensión antes mencionado no podrá ampliarse por más de diez días hábiles. Concluida la deliberación, los miembros del Tribunal de enjuiciamiento deben de constituirse en la sala de audiencias después de ser convocados oralmente o por cualquier otro medio a las partes, para que así el Juez pueda comunicar el fallo respectivo. Los elementos que debe señalar dicho fallo los puedes leer en el CNPP (2014) directamente.
Debido a las repercusiones que ha tenido en México el aumento en la actividad criminal, la ciudadanía se forma la idea que la presunción de inocencia es sinónimo de impunidad. Corresponde entonces por ello a los jueces, mediante sus fallos proyectar calma, prudencia y seguridad, de tal manera que el pueblo comprenda el razonamiento que sostiene decisión de libertad o pena de un imputado.
El proceso de deliberación conlleva el análisis de la prueba y esto se deberá hacer de manera libre y lógica, y solo serán valorables y sometidos a la crítica racional los medios de prueba obtenidos lícitamente e incorporados al debate conforme a las disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP).
En muchas ocasiones, asuntos como la sanción penal que tocaría imponer ante una determinación de culpabilidad o el malestar de la sociedad ante una absolución se hacen presente como métodos de presión para provocar un fallo específico.
Siempre se debe comunicar con claridad la decisión tomada y la razón para el fallo, sin diluir en argumentos que no son centrales ni sucumbir ante la repetición innecesaria.
El proceso de deliberación, fallo y sentencia deben connotar transparencia, pues es el momento en que, desde el estrado, los juzgadores pueden enaltecer la labor, garantizando a todas las partes un trato justo y equitativo dentro del debido proceso de ley.
Por lo tanto, el fallo será la decisión final en el juicio que efectúa el Tribunal de Juicio Oral una vez concluida la deliberación entre las partes, en donde se absuelve o condena al imputado, y que se comunica de manera verbal a las partes en audiencia pública.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

Alegatos de clausura y el debate

De acuerdo con el Código Nacional de Procedimientos Penales Federal. en su Artículo 399. los Alegatos de clausura y cierre del debate son prácticamente las conclusiones o argumentaciones que hacen las partes en relación con lo que se ha obtenido con los medios de prueba que han sido desahogados o bien la refutación hecha a las fuentes de convicción de la parte contraria, así como resaltar los puntos positivos que se lograron y las debilidades o lo que no demostró la parte contraria. Y el debate se va a dar cuando el Tribunal de Enjuiciamiento, declare la apertura de la audiencia para comenzar con el debate entre la victima u ofendido a través de su asesor jurídico y del imputado por medio de su defensor, desahogándose las pruebas que se descubrieron en la etapa anterior y puedan ahora si ser valoradas por el Tribunal de enjuiciamiento. El orden en que se da el debate es el siguiente: l a ley asigna un orden continuo o una secuencia de acciones procesales, permanente en sus

El juicio oral y la triada judicial

¿En que consiste el juicio oral? En estas participaciones de este espacio, les dejare información referente a una temática legal muy interesante como lo es el juicio oral y la triada judicial, esto con la finalidad de que en cualquier momento la consulten, ya que es parte de las reformas que se mas han impactado actualmente en nuestro México, ya que pasamos de un sistema judicial inquisitivo a uno de   justicia penal acusatorio y oral, en donde ahora como presunto culpable de la comisión de un delito, se presume la   inocencia hasta que las autoridades no demuestren lo contrario, lo cual no sucedía con el sistema anterior, en donde el presunto responsable de un delito tenía que demostrar que no era culpable del delito que se le imputaba . El nuevo Sistema de Justicia Penal surgió de la demanda ciudadana de una nueva forma de hacer justicia. La nueva Justicia Penal parte de la reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que incorporó el sistema acusatorio